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Consumo bloquea 65,000 anuncios ilegales de Airbnb

La Justicia le insta a eliminar de inmediato los primeros 5.800 anuncios que incumplen la ley

Actualidad19/05/2025RedacciónRedacción
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Turistas | Foto de 123RF/federicofoto

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto a la compañía Airbnb el bloqueo de más de 65.000 anuncios ilegales de viviendas turísticas alojados en su plataforma.

Así lo anunció este lunes el gabinete de Pablo Bustinduy en un comunicado en el que precisó que, a través de la Dirección General de Consumo, el Ministerio ha instado a la filial en Irlanda de esta multinacional a eliminar un total de 65.935 anuncios al considerarlos “ilícitos” por “contravenir” la normativa sobre la publicidad de este tipo de alojamientos turísticos.

En concreto, según el departamento que dirige Bustinduy, se “vulnera” la normativa de las diferentes comunidades autónomas donde Consumo ha “detectado” estos anuncios.

“En todos los casos, además, se trata de viviendas completas de uso turístico, no aparecen anuncios de habitaciones individuales”, tal y como precisó el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy.

En los últimos meses, ha remitido a Airbnb hasta tres resoluciones en las que se notificaron esos más de 65.000 anuncios ilegales de viviendas turísticas que se detectaron en su plataforma, resoluciones en las que se instaba a esta empresa a bloquear esta publicidad.

“Airbnb recurrió esta acción ante la Justicia para evitar el bloqueo y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se ha pronunciado sobre la primera resolución emitiendo un auto en el que avala las actuaciones de Consumo”, abundó el Ministerio, al tiempo que explicó que, en respuesta a lo impuesto en su primera resolución, el TSJ insta a Airbnb a retirar 5.800 anuncios de pisos turísticos “de manera inmediata”.

TRES RAZONES

Desde la Dirección General de Consumo se argumentaron tres razones para justificar la “ilegalidad” de los 65.935 anuncios de pisos turísticos que se detectaron en Airbnb y que “estarían incumpliendo diferentes normativas”.

En primer lugar, según el Ministerio, los anuncios no incluyen el número de licencia o registro, algo obligatorio en varias normativas autonómicas y que supone la infracción “más común” en la publicidad que ha sido analizada.

Por otra parte, los anuncios no indican la naturaleza jurídica de los arrendadores, es decir, no indican si los arrendadores son profesionales o particulares, una cuestión que, a juicio del Ministerio, resulta “fundamental para saber si quien contrata está protegido como consumidor o no”.

A su vez, los anuncios incorporan números de licencia que no corresponden a los expedidos por las autoridades. Esta práctica “puede inducir a error o a engaño a las personas consumidoras”.

Los anuncios sobre los que se ha pronunciado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el auto afectan a la publicidad de viviendas turísticas que se encuentran en las comunidades de Andalucía, Comunidad de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana, Islas Baleares y Euskadi.

ILEGALIDAD GENERALIZADA

En base a esta cuestión, el ministro Bustinduy ha manifestado públicamente su objetivo de colaborar con las administraciones públicas competentes para acabar con el “descontrol” y la “ilegalidad generalizada” de alojamientos turísticos, así como para favorecer el acceso a la vivienda y blindar los derechos de los consumidores.

Por esta razón, desde Consumo se está trabajando en diversas actuaciones complementarias a las que puedan desarrollar otras autoridades.

De esta manera, el Ministerio que dirige Bustinduy “redobla” su “compromiso” con esta causa aportando la información que está recopilando la Unidad de Análisis de Consumo y ofreciendo asistencia técnica a otras administraciones para que actúen en esta línea y “pongan fin a los miles de anuncios ilícitos detectados”.

MÁS EXPEDIENTES

En este contexto, hizo hincapié en que la Dirección General de Consumo abrió un expediente sancionador en diciembre de 2024 a una plataforma de alquiler de vivienda turística por un potencial incumplimiento de la normativa de Consumo sobre la publicidad del número de licencia, y que en febrero de 2025 abrió expedientes sancionadores a grandes gestoras de pisos turísticos por no indicar correctamente la naturaleza jurídica del arrendador.

“Estos expedientes sancionadores siguen su curso con independencia de las medidas ahora anunciadas”, aseveró Consumo, al tiempo que indicó que, además, el pasado 27 de marzo se abrió también un expediente sancionador a una gran inmobiliaria por prácticas abusivas contra inquilinos.

(SERVIMEDIA)

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