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    Home»Actualidad»España»El TJUE avala la aplicación de la Ley de Amnistía y facilita el regreso de Puigdemont
    España

    El TJUE avala la aplicación de la Ley de Amnistía y facilita el regreso de Puigdemont

    RedactoresPor Redactores16.07.2026No hay comentarios3 Minutos de lectura
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    El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont | Foto de Junts
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    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló este miércoles la aplicación de la la Ley de Amnistía en los casos que de malversación y de terrorismo que se habían sometido a su juicio. En consecuencia, los jueces no se oponen a la aplicación de una norma destinada a “reducir tensiones institucionales y políticas”.

    El tribunal de Luxemburgo determina que la ley se ajusta al derecho comunitario y el carácter político de la norma y respalda su aplicación, dado que no se han producido excesos o hechos graves qie violen los derechos humanos o los intereses de la Unión Europea.

    El TJUE dictó este jueves dos sentencias derivadas de cuestiones prejudiciales planteadas por la Audiencia Nacional y por el Tribunal de Cuentas sobre la ley de amnistía. Sus resoluciones aclaran si la norma es compatible con el Derecho de la Unión en materias relacionadas con terrorismo y malversación.

    Su decisión afecta a cerca de tres centenares de personas, entre ellas 35 procesadas por delito de malversación, a los 12 juzgados por el ‘procés’ y a las personas incursas en procedimientos judiciales por delitos de terrorismo relacionados con el independentismo. En concreto, la amnistía se deberá aplicar a los porcesados por pertenecer a los CDR y a los investigados por malversación.

    La primera de esas cuestiones prejudiciales fue formulada por el Tribunal de Cuentas, que manifestó dudas sobre la aplicación de la medida de gracia al considerar que la organización del referéndum del 1 de octubre de 2017 pudo haber afectado a los intereses financieros de la UE.

    La segunda fue planteada por la Audiencia Nacional, que pidió al tribunal europeo que aclarara si la amnistía puede aplicarse a los delitos de terrorismo atribuidos a miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).

    El abogado general del TJUE, Dean Spielmann, ya presentó sus conclusiones el pasado 13 de noviembre. En ellas avaló la conformidad de la norma. Su posición es importante para el TJUE, aunque no es vinculante. La decisión del TJUE no tendrá efectos inmediatos sobre la situación del expresidente catalán Carles Puigdemont, sobre el que pesa una orden de detención nacional dictada por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena.

    LA CLAVE, EL CONSTITUCIONAL

    Primero tendrá que pronunciarse el Tribunal Constitucional, que tiene previsto analizar su recurso de amparo a partir de octubre, y su decisión será esencial para el futuro levantamiento de la orden de detención del Supremo.

    La sentencia del TJUE no tiene efectos directos sobre la orden dada por Llarena porque el Supremo ha decidido no aplicar al delito de malversación la ley de amnistía, al entender que Puigdemont obtuvo un beneficio patrimonial de carácter personal al no comprometer su patrimonio en la celebración del referéndum de autodeterminación,

    Puigdemont acudió al Tribunal Constitucional en julio de 2025 en contra de la decisión del Supremo. En ese recurso de amparo pedía también la suspensión de la orden de detención en su contra. El presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, retrasó el análisis del recurso hasta que el TJUE dicte su sentencia, que podría ser relevante para la resolución del mismo.

    (SERVIMEDIA)

    ley de amnistía Portada Puigdemont TJUE
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