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Así se señala en el convenio publicado esta semana en el Boletín Oficial del Estado (BOE) entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para la gestión de los avales a jóvenes y familias para la compra de su primera vivienda.
Salvo estas excepciones, la vivienda deberá ser la residencia habitual y permanente de los compradores durante una década, el tiempo que dura el aval del Estado. El convenio establece que no se podrá hacer uso de la vivienda para el ejercicio de una actividad económica en el momento de la formalización del préstamo avalado.
El beneficiado del aval deberá firmar una declaración responsable comprometiéndose a utilizar esa vivienda como residencia habitual y otra asegurando que su patrimonio no supera los 100.000 euros, requisito para acceder a esta medida.
El convenio también marca los precios máximos de las viviendas que pueden ser avaladas por esta línea dotada con 2.500 millones de euros procedentes de la adenda del Plan de Recuperación. El precio más alto es el de la Comunidad de Madrid, donde la vivienda no podrá superar los 325.000 euros; seguida de Cataluña, Navarra y País Vasco, con 300.000 euros de límite en los tres casos.A continuación, Aragón y Baleares tienen un límite de 275.000 euros.
Sin embargo, en la mayoría de comunidades (Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Galicia, Región de Murcia, La Rioja, Ceuta y Melilla) el precio máximo de compraventa de una vivienda para acceder a la línea de avales es de 250.000 euros. Por debajo, solo se encuentra Extremadura, donde el límite son 200.000 euros.
Las líneas de avales darán cobertura hasta el 20% de la compra de una primera vivienda a personas de hasta 35 años con dos años de residencia legal en España con unos ingresos inferiores a los 37.800 euros al año, límite que se amplía un 70% para familias monoparentales, hasta los 64.000 euros, y al doble, hasta los 75.600 euros, si la hipoteca la firman dos personas.
Además, se incrementará en 0,3 veces el Iprem, unos 2.520 euros brutos anuales, por cada menor a cargo. El aval podrá cubrir hasta el 25% en caso de que la vivienda tenga una calificación D o superior.
Los clientes deberán formalizar el contrato de financiación con la entidad financiera antes del 31 de diciembre de 2025. El ICO y los bancos podrán acordar, en su caso, la prórroga del plazo de formalización de operaciones hasta 31 de diciembre de 2027, en función de la demanda.
(SERVIMEDIA)
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