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Consumo recuerda los requisitos de los productos frente a la radiación solar

Los fotoprotectores no pueden incluir denominaciones como 'bloqueante solar' o 'protección 100% frente a la radiación ultravioleta', y tampoco pueden indicar que no es necesario repetir su aplicación

Actualidad01/07/2024Redacción MálagaRedacción Málaga
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Radiación Solar

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía recuerda que, especialmente en los meses de verano, debemos tener un mayor cuidado con la protección de la piel frente a la radiación solar. Por ello, es importante conocer los aspectos esenciales para elegir una adecuada protección solar y saber interpretar el etiquetado de estos productos.

Todos los fotoprotectores que se comercialicen deben proteger ante ambas radiacionesultravioleta B (UVB) y ultravioleta A (UVA). Consumo señala, además, que no existen cremas u otro tipo de productos que ofrezcan una protección 100% frente a la radiación solar, información que debe reflejarse en el producto. De este modo, están prohibidas expresiones en el etiquetado o envase como 'bloqueante solar' o 'protección/pantalla total'. Tampoco pueden indicar que no es necesario repetir la aplicación del producto, o insinuarlo mediante expresiones como 'prevención durante todo el día'.

Así, se recomienda adquirir un protector solar en función de la parte del cuerpo donde se vaya a aplicar, así como del fototipo de piel -desde el fototipo 1 (I) al 6 (VI), es decir, desde las pieles más blancas, más sensibles a la radiación, hasta las más oscuras–, la edad y las circunstancias de la exposición.

Asimismo, el producto debe indicar en el etiquetado las precauciones que se deben tomar, de forma que se advierta a la persona que no permanezca durante mucho tiempo al sol, aunque se utilice protección solar, que se mantenga a bebés y a la población infantil fuera de la luz solar directa, o que la exposición excesiva supone un peligro para la salud.

En las instrucciones de empleo, deben figurar mensajes que mencionen que el producto debe aplicarse antes de la exposición al sol, y que esta acción debe repetirse con frecuencia, en especial, después de transpirar (sudar), bañarse o secarse. El etiquetado también debe incluir el valor de PAO (siglas de 'Period After Opening'), que es el periodo de tiempo, indicado en meses, en el que el producto, una vez abierto, es eficaz.

El grado mínimo de protección de los productos de protección solar es un factor seis frente a la radiación UVB, y un factor frente a la radiación UVA de un tercio del Factor de Protección Solar (FPS). El FPS mide el nivel de protección contra la radiación UVB, indicando la cantidad de tiempo aproximada que un producto protegerá la piel de los rayos ultravioleta, antes de que aparezca el enrojecimiento previo a la quemadura.

La eficacia de estos productos ha de figurar en la etiqueta mediante las siguientes categorías: 'baja' (factor de protección indicado en etiqueta entre seis y diez), 'media' (FPS entre 15 y 25), 'alta' (factor indicado entre 30 y 50), y 'muy alta' (FPS indicado en etiqueta mayor a 50, o más de 50).

Los fotoprotectores tienen que cumplir las indicaciones que son obligatorias para los productos cosméticos, de modo que debe indicarse la cantidad de producto que contiene el envase, los ingredientes de fabricación o la fecha de duración mínima, una vez abierto.

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