Viviendas de personas con discapacidad o mayores de 65 años
La Diputación destina 200.000 euros para adaptar viviendas de personas con discapacidad o mayores de 65 años
- La convocatoria ha sido publicada en el BOPMA número 117, de 18 de junio, y las ayudas pueden solicitarse hasta el 19 de julio, inclusive
- La diputada de Igualdad, María Dolores Vergara, recuerda que la finalidad de esta convocatoria es sufragar gastos para garantizar a los beneficiarios, que residan en municipios menores de 20.000 habitantes, la máxima integración familiar y social y la mejora de su calidad de vida
El Boletín Oficial de la Provincia de Málaga ha publicado, con fecha 18 de junio, la convocatoria para la concesión de ayudas económicas de la Delegación de Igualdad, Servicios Sociales y Familias de la Diputación de Málaga correspondiente para la adecuación funcional de viviendas de personas con discapacidad (igual o superior al 33%) o mayores de 65 años, que residan en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia. La convocatoria tiene una dotación de 200.000 euros y las solicitudes pueden presentarse hasta el 19 de julio.
La diputada de Igualdad, Servicios Sociales y Familias, María Dolores Vergara, ha recordado que la finalidad de esta convocatoria es sufragar gastos para cubrir necesidades específicas de movilidad para garantizar a los beneficiarios la máxima integración familiar y social, su normal desenvolvimiento y la mejora de su calidad de vida.
Los solicitantes deberán acreditar haber estado empadronados durante, al menos, el último año en un municipio de la provincia menor de 20.000 habitantes y la renta anual de 2022 de la unidad familiar no deberá ser superior a 25.000 euros. Las bases de la presente convocatoria pueden consultarse en el BOP número 83, de 30 de abril de 2024.
Entre los conceptos subvencionables se encuentran los gastos derivados de la licencia de obras y tributos asociados a éstas; en los cuartos de baño, cambio de las bañeras por platos de ducha, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y grifería; colocación de pasamanos en pasillos; mejoras en la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica, gas y fontanería a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante; adecuación del ancho de puerta y/o eliminación de barreras arquitectónicas, incluyendo la colocación de plataforma salva-escaleras; adaptación de cocina y mobiliario; así como cualquier otra obra cuya realización se justifique para una adecuación eficaz de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante.
En ningún caso serán objeto de subvención las obras de nueva construcción, actuaciones que impliquen la rehabilitación integral de la vivienda, ni aquellas que afecten a elementos decorativos u ornamentales.
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